Mecanismos de Participación Ciudadana
Nombre del mecanismo de participación ciudadana Breve descripción de su objetivo Requisitos para participar Enlace a mayor información
Consejos de Desarrollo Local de Salud Garantizar la participación comunitaria en la Atención Primaria de Salud. Aportar a la definición de estrategias de desarrollo y articulación y evaluación de la Atención Primaria Podran ser personas naturales y representante de personas juridicas Enlace
Consejos Escolares Su propósito es la activa participación de todos los actores de la comunidad escolar con el objeto de mejorar la calidad de la educación y los logros de aprendizaje en los establecimientos educacionales. Representantes de las comunidades escolares Enlace
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, es un órgano asesor de la Municipalidad y tendrá como objetivo asegurar la participación de las Organizaciones Comunitarias de carácter territorial y funcional, compuestos por representantes de la comunidad local organizada e integrado por las organizaciones de interés publico de la comuna, podrán también integrarse aquellos representantes de organizaciones gremiales y organizaciones sindicales o de otras actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la Comuna. Para ser elegido como miembro del Consejo se requerirá a)Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de organizaciones juveniles señaladas en la ley 19.418, sobre juntas de vecino/as y demás organizaciones comunitarias. b)Tener un año de afiliación a una organización del estamento, en caso que corresponda, en el momento de la Elección. c)Ser chileno o extranjero avecindado en el país d)No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, reputándose como tales las penas de crímenes y, respecto de las de simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados mínimos. Enlace
Audiencias Publicas Las Audiencias Publicas son aquellas por las cuales el Alcalde y el Concejo conocerán de las materias que estimen de interés común y para lo cual de debe citar a una sesión extraordinaria expresamente para tal efecto. Serán requeridas por no menos de cien ciudadanos de la comuna, si es solicitada por una organización con su personería jurídica vigente, bastara que cuente con el respaldo de la mayoría simple de sus miembros en la fecha de la solicitud de la audiencia publica, para lo cual deberá presentar una lista de los miembros con su firma y numero de cedula de identidad. Enlace
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias Esta oficina tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía, además ingresar los formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes a)Las presentaciones deberán efectuarse por escrito en los formularios que para tal efecto la municipalidad tendrá a disposición de las personas, b)Deberá acreditarse la representatividad con documento simple, con la identificación, el domicilio completo u el numero telefónico, correo electrónico si procediere de aquel y de su representante en su cado, c)A la presentación deberán adjuntarse los antecedentes en que se fundamenta, siempre que fuere procedente, d)Las presentaciones deberán hacerse en duplicado, a fin que el que la presente conserve una copia con timbre de ingresada al Municipio, e)El funcionario que la recibe deberá informar el curso que seguirá, indicando el plazo en que se responderá. Enlace
Plebiscitos Comunales Se entenderá como plebiscito aquella manifestación de la voluntad soberana respecto de la modalidad de participación de la ciudadanía local, mediante el cual ésta manifiesta su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal que le son consultadas. Serán materia de plebiscito Comunal a)Programas o Proyectos de inversión especifica, en el área de la salud, educación, seguridad ciudadana, urbanismo, desarrollo urbano, tránsito público, protección del medio ambiente y cualesquiera otro que tenga relación con el desarrollo económico, social y cultural de la comuna, b)La aprobación del Plan de Desarrollo Comuna y Plan Regulador Comunal, c)Otras materias de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la competencia municipal. Para el requerimiento del Plebiscito Comunal a través de la ciudadanía, ésta deberá  concurrir con la firma ante Notario Publico u Oficial del Registro Civil, de a lo menos 5% de las ciudadanos inscritos en los Registros Electorales de la comuna al 31 de Diciembre del año anterior al de la petición de dicho Plebiscito, el 5% de los ciudadanos deberá acreditarse mediante certificado extendido por le Director Regional del Servicio Electoral. Enlace
La Participación y las Organizaciones Comunitarias La Comunidad Local puede formar los siguientes tipos de organizaciones a)Juntas de Vecinos, uniones Comunales y Organizaciones Comunitarias Funcionales, b)Asociaciones y Fundaciones, c)Las demás personas jurídicas sin fines de lucro que determine el Reglamento de los Consejos Comunales de Organizaciones de la Sociedad Civil: entre ellos las Comunidades y Asociaciones Indígenas y las Organización del voluntariado. Las Organizaciones Comunitarias son entidades de participación de los habitantes dela comuna, a través de ellas, los vecinos pueden hacer llegar a las autoridades distintos proyectos, priorizaciones de intereses comunales, influir en las decisiones de las autoridades, gestionar y/o ejecutar oras y/o proyectos de incidencia en la Unidad Vecinal o en la comuna. Los señalados en la Ley N°19.418 - Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. Enlace
De la Información Publica Local Todo ciudadano tiene el derecho constitucional a informase de las decisiones que adopte la autoridad comunal, será misión de la Municipalidad buscar el medio que considere adecuado, para entregar la documentación solicita de asuntos públicos en forma completa, oportuna y calara a quien lo solicite, la Municipalidad a través de su sitio electrónico www.cauquenes.cl, dispondrá de toda la información señalada en el Art. 7 de la Ley N° 20,285, sobre Acceso a la Información Publica www.cauquenes.cl Enlace
De las Subvenciones Municipales y Financiamiento Compartido Las Organizaciones que cuenten con Personalidad juridica vigente, podran proponel la ejecucion de actividades propias de la comptenecia municipal con financiemiento compartido que no persigan fines de luco. Para este efecto deberan postular a subvneciones municipales Personas Juridicas de carácter publico o privado sin fines de licro que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones Enlace
Consultas, Encuestas o Sondeos de Opinión Las consultas, encuestas o sondeos de opinión, tendrán por objeto explorar las percepciones, sentimientos y proposiciones evaluativas de la comunidad hacia las gestión Municipal. La consulta ciudadana podrá ser dirigida a: a) Las organizaciones de interés publico, b) Las organizaciones de voluntariado, c) Asociaciones Gremiales, d) Organizaciones sindicales, e) Las personas naturales Enlace
Del Fondo de Desarrollo Vecinal El Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) es creado para financiar proyectos en beneficio de las Juntas de Vecinos Urbanas y Rurales , que no tengan fines de lucro, con personería jurídica vigente y que colaboren directamente con el Municipio en el cumplimiento de sus funciones, estos fondos concursables tienen como finalidad, contribuir al financiamiento de proyectos de interés local, en áreas tales como inversión, equipamiento y programas sociales Podrán postular este fondo todas las organizaciones territoriales o funciones de las respectivas unidades vecinales de la comuna que cuenten con Personalidad Jurídica vigente al 31 de Mayo del 2016 y que se rijan por la Ley 19,418 Párrafo 3 Art. 45 y Ley 20,500 Art. 34 N° 5 D.O. del 16 de Febrero del 2011 Enlace
Mesas de Trabajo Sectoriales Existirá una instancia de dialogo y vinculación permanente entre la Municipalidad y la Comunidad Organizada de los diferentes sectores de la comuna, las que se conformaran de acuerdo a las necesidades de los diferentes sectores de la comuna. Representantes de la comunidad organizada presente en el sector o localidad y un representante de la municipalidad designado por el alcalde. estas mesas serán iniciativa del Alcalde y sus funciones serán establecidas y reguladas en su constitución. Enlace
Consejo Comunal De Seguridad Pública Cauquenes Su objetivo es dar cumplimiento a la Ley N°20.965, a fin de planificar, coordinar y concretar las actividades que en materia de prevención del delito y las violencias que se llevan a cabo en la comuna. Ser representantes de las instituciones y organizaciones que se definen en la Ley, o bien ser invitados por acuerdo del Consejo. Enlace